Wednesday 24 de April de 2024
PESCA | 13-06-2022 10:11

¿Cuáles  son las nuevas normas para la pesca y protección del langostino en el Mar Argentino?

La medida dispuesta por la Subsecretaría de Pesca y Agricultura de la Nación establece, entre tantos otros puntos, un nuevo régimen de infracciones y sanciones más gravosas para los buques que excedan las horas de navegación establecidas. ¿Cuándo entrará en vigencia?
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La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación estableció una nueva norma para la captura del langostino, protegiendo el recurso vivo marino, a la vez que acordó un nuevo régimen de infracciones y sanciones más gravosas para los buques que excedan las horas de navegación establecidas dentro de toda la jurisdicción del Mar Argentino.

La noticia fue dada a conocer tras una sesión del Consejo Federal Pesquero que presidió el titular de dicha cartera nacional, Carlos Liberman, en la sede del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (Inidep), ubicada en la ciudad de Mar del Plata.

“Generamos un nuevo régimen de infracciones y sanciones para la captura del langostino durante todo el año en todo el Mar Argentino mucho más ecuánime, y que prevé sanciones más gravosas para los infractores más graves", comentó el funcionario a la agencia Télam, tras la reunión.

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Pesca de langostino: sanciones más severas

"El régimen que está vigente hasta el momento, establecía respuestas unánimes o unívocas por parte de la administración sobre situaciones muy distintas, ya que daba lo mismo si un buque se excedía de las horas de navegación un 10%, 20, 30 ó hasta un 50%,  y todo redundaba en 30 días de suspensión, y no resultaba del todo ecuánime que un infractor más grave tuviera por parte de la administración la misma sanción que un infractor menos grave", agregó Liberman.

Entre los principales puntos de la nueva normativa, que entrará en vigencia a partir de este martes 14 de junio, tras ser publicada en el Boletín Oficial, se establece que, de ahora en más, habrá sanciones que llegarán hasta los 40 días de suspensión, con la posibilidad de discernir entre la gravedad de las infracciones para establecer o no la suspensión preventiva obligatoria.

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"Si la infracción es menos grave, la suspensión preventiva no es obligatoria; en tanto, si la infracción es más grave, la suspensión preventiva sí puede imponerse. Las modificaciones establecidas fueron resultado de un reclamo que el Consejo Federal Pesquero entendió razonable y ecuánime", señaló el funcionario nacional.

"Nos parece un régimen mucho más ecuánime y mucho más razonable que el que estaba vigente. Estamos abocados a administrar con el fin de proteger el recurso vivo marino para su aprovechamiento racional, protegiendo los intereses nacionales relacionados con la actividad y, a su vez, con la sustentabilidad en el largo plazo", sostuvo Liberman.

Además, la nueva normativa establece la puesta en marcha de un procedimiento del sorteo electrónico para las prospecciones, así como también incorporar al registro de incumplidores a quienes abandonen la prospección.

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"Esta era una usanza que ya teníamos porque la Subsecretaría de Pesca de la Nación lo había establecido mediante dos disposiciones, pero no estaba contenido en el régimen de administración de langostinos. También vimos que era un aporte importante de cara al futuro”, explicó el funcionario pesquero.

"También fijamos el nivel de langostino de mayores tallas comerciales que deben encontrarse en cada zona, para proceder a la apertura y cierre de cada área. Esta inclusión se debe a que desde el Consejo Federal veníamos orientando la apertura y cierre a determinados niveles de presencia de langostinos adultos y, desde ahora, lo hemos implementado en esta nueva norma que regulará el sistema de administración de la pesca del langostino", concluyó Liberman.

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