La Provincia de Santa Fe junto a otras provincias que forman la Comisión de Pesca Continental resolvieron reducir el cupo de exportación de pescado de río que podrá exportarse en lo que queda del 2020, y la cifra se disminuyó al 50 %. La decisión fue tomada luego de una reunión entre el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de Santa Fe, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, y la Comisión de Pesca Continental, ámbito que es presidido por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura nacional. El planteo fue aprobado ante la bajante histórica de los niveles hidrométricos del río Paraná, quedando estipulado el cupo en 1.440 toneladas para Santa Fe en lo que resta del año.
A esta medida se suma a la intensificación de las tareas de control y fiscalización de la actividad pesquera a través de los puertos fiscalizadores, las fuerzas provinciales y nacionales, las inspecciones del Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología y la atención diaria del 0800 de reclamos y denuncias. La reunión de la Comisión de Pesca Continental contó con la participación de representantes de todas las provincias ribereñas del río Paraná (Buenos Aires, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Misiones y Santa Fe) y representantes de organismos nacionales de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación (MAyDS), el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), la Comisión Mixta Argentina – Paraguay del río Paraná (COMIP) y la Prefectura Naval Argentina (PNA).
A comienzos de año, tanto en el Subcomité Técnico de dicha Comisión como en la Comisión en el marco del Consejo Federal Agropecuario (CPC-CFA), Santa Fe propuso y logró que se aprobara reducir de 20.000 toneladas estipuladas en 2019 a 15.000 para el 2020. Este hecho se realizó bajo un principio precautorio por la bajante que estaba aconteciendo y se preveía que continuaría. Sumado ello, a principios de mayo y por la situación emergente de la continuidad de la bajante, tanto el Subcomité Técnico como la Comisión del Consejo volvieron a reunirse. Allí, cada Provincia definió sus acciones y estados de situación de su actividad pesquera, decidiéndose reducir al 50 % el remanente del cupo de exportación de especies de río a asignar en lo que resta del año con una revisión periódica de dicho valor. Esto resultaría en 1.440 toneladas para Santa Fe en lo que quedan de los próximos siete meses del año.
A partir de las conclusiones de las evaluaciones efectuadas, los técnicos manifestaron que las presentes medidas beneficiarán a las especies de peces que son objeto de la pesca comercial, en especial, a cinco (sábalo, surubí, pacú, manguruyú y dorado). En cuanto a las restantes especies de peces de la cuenca argentina (cercanas a las 300) y las fracciones de menores tallas de las poblaciones de las especies de importancia pesquera, es probable que estén sufriendo impactos e incluso mortandades, sobre todo durante los meses más fríos en que continúen los bajos niveles hidrométricos. Es de estimar que los impactos de esta bajante sobre las pesquerías persistan durante varios años, en función de la afectación final de las fracciones antes nombradas (pequeñas tallas) y de la ocurrencia futura de eventos reproductivos exitosos. La Comisión acordó realizar próximamente nuevas reuniones para continuar evaluando permanentemente la situación y para realizar una revisión integral del Plan Regional de Gestión de las Pesquerías para su adecuada implementación.
Cabe resaltar que otras temáticas fueron abordadas en esta Comisión. Entre ellas, la modificación del modelo de distribución de cupo, en el que Santa Fe propone la implementación de nuevas variables como ser porcentaje destinado a producción de valor agregado, tratamiento de los residuos productos de los desechos, procesamiento de producción piscícola en la provincia de origen, cantidad de pescadores fiscalizados, adhesión a precios de referencia de pescado a pie de rivera, índice que considere el cumplimento de la Ley 12212 (normas complementarias y concordantes), correcto funcionamiento de los puertos de fiscalización; delimitación con ayuda de la reglamentación “hasta cuánto” hay pesca de subsistencia y a partir de cuánto hay pesca comercial (diferenciación entre artes de pesca y los canales de comercialización); artes de pesca marcadas (precintadas); aplicación de un precio de referencia en procura de la protección de la economía del sector pesquero y distribución igualitaria de las ganancias sobre el recurso; regulación la pesca deportiva, entre otras.
Fuente: Aire de Santa Fe
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