Saturday 27 de April de 2024
INFORMATIVO | 03-07-2023 13:52

Detienen a tres cazadores furtivos con 5 galgos en San Juan

Los sujetos fueron aprehendidos durante un operativo contra la caza y el abigeato realizado por personal de Gendarmería Nacional del Escuadrón 25 mientras circulaban por la Ruta 40 a la altura del paraje Mogna ubicado en el centro-sur del Departamento Jáchal. ¿Qué se les secuestro?
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Durante un control contra la caza ilegal y el abigeato que se estaba llevando a cabo a la altura del paraje Mogna, ubicado en el centro sur del departamento San José de Jáchal, al noreste de la provincia de San Juan, personal de Gendarmería Nacional del Escuadrón 25 detuvo a tres cazadores furtivos que llevaban cinco perros galgos, varios elementos de campamento, una escopeta y varios cartuchos prolijamente ocultos en el vehiculo en el que circulaban.

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Según informaron fuentes judiciales, el hecho tuvo lugar cuando los gendarmes detuvieron a una camioneta Toyota Hylux que se desplazaba sobre la Ruta Nacional N°40 que les llamó poderosamente la atención.

Así fue que tras proceder a la correspondiente identificación de los tres ocupantes que venían del departamento Rawson y se dirigían a Tucunuco, los efectivos policiales procedieron a la inspección del vehículo en cuya caja constataron que había cinco perros de la raza galgo que usaban para atrapar a sus presas- cosa que está prohibida en San Juan-, y numerosos elementos de campamento.

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Además, en el interior de la cabina de la camioneta encontraron una escopeta calibre 12 y 8 cartuchos de los cuales no poseían ningún papel de compra ni de autorización para su uso.

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Tras ser derivados a la sede policial de Jáchal, mientras uno de los cazadores furtivos fue imputado por la tenencia de arma de fuego y condenado a 3 años de prisión de cumplimiento condicional debido a que ya tenía una condena anterior en suspenso. los otros dos quedaron sujetos a la causa por infracción a la La Ley 6.911 (ex Ley 606) de Protección y Desarrollo de la Flora y Fauna Silvestre, que, en su artículo 41 establece la prohibición en el territorio provincial de la caza de animales de la fauna silvestre, el hostigamiento, la destrucción de sus hábitats, refugios, nidos y huevos, así como también la apropiación, tenencia y transporte de los productos derivados de los mismos.

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