El Tratado Antártico se firmó el 1 de diciembre de 1959, en la ciudad de Washington, Estados Unidos, con el objeto de asegurar la libertad de investigación científica y la promoción de la cooperación internacional con fines científicos en la Antártida, y para garantizar que el sexto continente tuviera usos exclusivamente pacíficos y no llegara a convertirse en escenario u objeto de discordias internacionales.
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Así, entre sus principales lineamientos, el acuerdo prohíbe toda clase de medidas de carácter militar; establecimiento de bases, fortificaciones, maniobras, ensayos y almacenamiento de toda clase de armas, inclusive las nucleares y toda acumulación y eliminación en ella de desechos radioactivos.
Asimismo, consagra el principio de la libertad de la investigación científica y la cooperación entre los países miembros con ese fin, al tiempo que también establece “el congelamiento, mientras siga en vigencia, del contencioso derivado de los reclamos de soberanía, sin negarlos ni reconocerlos y la prohibición de nuevas reclamaciones o ampliación de las existentes.
Países participantes del tratado
Si bien los signatarios originales del acuerdo fueron los 12 países que habían participado activamente en el Año Geofísico Internacional de 1957/1958 y que aceptaron la invitación del gobierno de Estados Unidos de América para concurrir a una conferencia diplomática en la que se negoció el tratado, con el correr de los años el número creció hasta un total de 54, pero solo 28 de ellos tienen plenos derechos de decisiones (miembros consultivos), mientras que el resto son miembros adherentes sin derecho a voto.
Los primeros 12 países que, automáticamente, adquirieron la condición de miembros consultivos son: Argentina, Australia, Bélgica, Chile, Estados Unidos, Francia, Irlanda, Japón, Noruega, Nueva Zelanda, Reino Unido, Unión de Repúblicas Soviéticas Socialistas (URSS) y Sudáfrica.
Aunque recién entró en vigencia el 2 de mayo de 1961, el tratado tiene duración indefinida y solo puede ser modificado por la unanimidad de los miembros consultivos. Si bien originalmente la única posibilidad de realizar modificaciones por mayoría en una conferencia con la participación de los miembros no consultivos se previó para 30 años posteriores a su puesta en práctica, o sea para 1991, finalmente nunca se llevó a cabo.
Otros acuerdos
Los otros acuerdos que integran el Sistema del Tratado Antártico son la Convención para la Conservación de Focas Antárticas (CCFA), firmada en Londres en 1972 y vigente desde 1978; la Convención para la Conservación de Recursos Vivos Marítimos Antárticos (CCRVMA) firmada en Canberra en 1980 y vigente desde 1982 y el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente o Protocolo de Madrid, firmado en Madrid en 1991 y vigente desde el 14 de enero de 1998.
En el caso de las dos convenciones se trata de acuerdos independientes al Tratado Antártico, en cambio el Protocolo de Madrid solo puede ser firmado por miembros del mencionado acuerdo. La CCFA se aplica también sobre el altamar al sur de los 60° sur, mientras que la CCRVMA se aplica en todo el océano Austral.
Así, a 61 años de su firma, el Tratado Antártico sigue tratando de alcanzar un equilibrio adecuado entre la utilización del continente blanco y su protección que le permita un desarrollo sostenible y ecológico potenciado, como también el progreso científico y cultural de toda la humanidad.
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