Friday 3 de May de 2024
CAZA | 22-04-2024 16:00

Caza menor: comenzó la temporada en La Pampa, Corrientes, Tucumán y San Luis

Con esta bandera de largada, te damos fechas, cupos y especies para la temporada 2024 que recién se inicia en estas provincias.
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Llegó el mes más esperado por todos los cazadores, fundamentalmente de especies menores como perdices, liebres, vizcachas y patos. Recorremos la reglamentación vigente de La Pampa, Tucumán, San Luis y Corrientes en cuanto a fechas y cupos. Cada cazador deberá averiguar en su región cuáles son las zonas habilitadas, que por lo general suelen repetirse año tras año, tanto las prohibidas (parque provinciales y nacionales, ejidos urbanos, reservas naturales, proximidades de caminos, diques y costas de ríos o arroyos, etc.) como las permitidas.

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  • La Pampa. Por Disposición N° 51/24 de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios se habilitó la temporada de caza deportiva mayor para el año 2024 hasta las siguientes fechas determinadas según la especie (dependiendo de la categoría del campo o si se trata de un coto de caza, algunas fechas pueden extenderse hasta el 30/11): jabalí macho y hembra (Sus scrofa), 30/9; ciervo colorado (12 puntas o más; Cervus elaphus), 1/6; ciervo colorado (11 puntas o menos; Cervus elaphus) 30/9; antílope (Antilope cervicapra), 30/9; ciervo axis (Axis axis), 30/11; ciervo dama (Dama dama), 30/11; muflón (Ovis musimon), 30/11; búfalo (Bubalus bubalis), 30/11; cabras (Capra hircus), 30/11; carneros (cuatro cuernos, carnero de Somalia, cara negra; Ovis aries), 30/11. En el caso de la caza menor, las fechas van del 1/5 al 31/7 para las siguientes dos especies, según los cupos que se indican por día/cazador: perdiz chica (Nothura sp.), 6; perdiz de monte (Nothoprocta cinerascens), 6. La temporada se extiende hasta el 30/9 para la paloma montera (Columba maculosa), 50 piezas por día/cazador; paloma torcaza (Zenaida auriculata) y paloma turca (Columba picazuro), 500 de cada una por día/cazador; liebre europea (Lepus europaeus), 10; peludo (Chaetophractus villosus), 20; vizcacha (Lagostomus maximus), 10. Si se trata de campo categoría II o coto de caza las fechas habilitadas se extienden hasta el 30/11, excepto para las perdices.
  • Corrientes. Según establece la Disposición 1305/2023 de la Dirección de Recursos Naturales, se habilitó la caza de antílope negro, chancho salvaje y ciervo axis (dos machos y una hembra por cazador/jornada con licencia vigente, quien deberá tramitar los respectivos precintos para cada ejemplar) los viernes, sábados, domingos y feriados exclusivamente en los establecimientos habilitados.

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  • San Luis. La Resolución N° 1/2024 de la Secretaría de Medio Ambiente y Parques de la Provincia de San Luis habilitó la temporada de caza de 5 ejemplares de liebre europea (Lepus europaeus) y 5 de vizcacha (Lagostomus maximus) por excursión (total de días que dura la salida) y cazador en campos privados hasta el 31 de diciembre de 2024. En cuanto a las armas, se permiten sólo las de fuego de ánima lisa hasta calibre 12 incluido y de ánima rayada calibre .22. Respecto del jabalí, se puede cazar apostado y/o al rececho sin límite de ejemplares, con arma de fuego con caño de longitud mayor a 380 mm y calibre no inferior a 7 mm, con proyectil de peso no inferior a 9 g o 150 grains. Queda prohibido el uso de proyectiles encamisados y, en todos los casos, la cantidad de armas de fuego no podrá exceder de 2 por permiso de caza y categoría, las que deberán transportarse desarmadas y enfundadas, en un todo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429/73, su Reglamentario y todas las reglamentaciones vigentes emanadas de la ANMaC. Para la obtención del permiso de caza deportiva se requerirán los siguientes requisitos: ser mayor de 18 años de edad; presentar original y copia del Documento Nacional de Identidad, de la CLU y del permiso escrito del propietario, encargado o responsable legal del campo en el que se practicará la caza (con firma certificada); también, comprobante de pago correspondiente.

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  • Tucumán. Mediante la resolución 747/2023 de la Secretaría de Estado de Desarrollo Productivo de la Provincia, emitida el 28 de septiembre de 2023, se estableció el reglamento para las temporadas de caza menor de los años 2024 y 2025, que estará permitida con exclusividad durante las horas de luz natural y en las áreas del territorio que se describen a continuación: desde el Departamento Capital hacia el Norte, el sector comprendido entre la Ruta Provincial N° 304 y el límite Este de la provincia; y desde el Departamento Capital hacia el Sur, en el sector comprendido entre la Ruta N° 38 y el límite Este de la provincia. En el resto del territorio, la caza está prohibida. En cuanto a fechas del 12/5 al 18/8, con los siguientes cupos: liebre (Lepus capense), sin límite; perdiz chica (Nothura darwini), 4; perdiz montana (Nothoprocta cinerascens), 10; paloma mediana o Sacha (Zenaida auriculata), sin límite todo el año. Armas permitidas: escopetas calibre 12 al 36, rifle calibre .22 para la caza de mamíferos y rifle de aire comprimido, gas, nitro pistón o PCP. Al igual que en el resto de las provincias, siempre con todos los permisos y credenciales obligatorios.
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Horacio Gallo

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