Thursday 2 de May de 2024
PESCA | 01-11-2023 15:05

Arranca la veda de la tararira en ámbitos bonaerenses

Desde este miércoles 1 de noviembre, se limita la pesca de tarariras en lagunas, canales y arroyos de la provincia de Buenos Aires. En tiempos de sequía y con una merma en la presencia de este pez, aún es más importante el cuidado.
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En la gestión de Mauricio Remes Lenicov en la dirección de Desarrollo Pesquero del Ministerio de Asuntos Agrarios, fue que se resolvió vedar la pesca deportiva de la tararira en la provincia de Buenos Aires. Fue reglamentada a través de la Disposición Nº 177/07, en el 2007, la cual fue ratificada en 2018, por la directora María Cecilia Paris, responsable de la Dirección de Actividades Pesqueras y Acuicultura del Ministerio de Agroindustria.

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La resolución que se renueva anualmente, indica que se veda de pesca de la especie Tararira en todos los ambientes de aguas interiores de la Provincia de Buenos Aires desde el 1° de noviembre al 31 de enero de cada año. En dicho lapso, se permitirá la pesca deportiva, tanto en noviembre como diciembre, solamente los días sábado, domingo y feriados con devolución obligatoria e inmediata en el mismo lugar de pesca y con el menor daño posible; en cambio, durante el mes de enero se permitirá la extracción y sacrificio de tres (3) ejemplares de la talla mínima permitida, por persona y por día, solamente los días sábado, domingo y feriados. Se establece como talla mínima de captura para la Tararira el valor de cuarenta (40) centímetros de longitud total, medidos en sentido longitudinal desde el extremo anterior de la boca hasta el extremo posterior de la aleta caudal.

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Con respecto a las artes de pesca, la resolución permite el uso de caña y reel para las siguientes modalidades: “Spinning” o “Bait cast”, “Fly cast” y pesca con carnada natural; quedando prohibido cualquier otro arte y modalidad de pesca. Para el “Spinning”, y/o “Fly cast” se permitirá el uso de señuelos y/o artificiales de cualquier tipo. Para la modalidad pesca con carnada natural se autoriza el uso de cualquier línea (flote o fondo) confeccionada con hasta un máximo de un (1) anzuelo simple con una abertura mínima de veinticinco (25) milímetros. Se limita al uso de una (1) caña por Pescador como máximo, para el desarrollo de cualquiera de las modalidades de pesca indicadas en el artículo precedente, quedando prohibida la pesca simultánea con más de una caña y/o modalidades.

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Otro punto a tener en cuenta, es el artículo 12 de la Disposición N° 177/07, que señala que las jornadas de pesca de la Tararira en cualquier ambiente de aguas interiores de la Provincia de Buenos Aires deberán coincidir con las horas de luz natural, es decir, no está permitida la pesca nocturna.

Aunque siempre hay que respetar vedas y cupos, adquiere mayor preponderancia en este año con una especie que se encuentra muy golpeada en los últimos años en territorio bonaerense. A la dura sequia se sumó el castigo de la pesca comercial y deportiva, con muchos pescadores que aún no entienden la importancia de la pesca con devolución, y un aumento de caudal en los distintos espejos que no llega, a pesar de los amagues de La Niña y sus efectos que se advertían en el corto plazo, pero aún no llegaron. Por ello, la necesidad de cuidarlas para poder volver a disfrutarlas a pleno muy pronto.

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