Wednesday 8 de January de 2025
PESCA | 06-01-2025 15:15

Calendario de pesca 2025: se dio a conocer el nuevo reglamento provincial

Anunciaron especies permitidas, cupos y fechas para poder disfrutar de la actividad en todo el territorio puntano. La reglamentación establece como las de valor deportivo a pejerrey, carpas, trucha arco iris, tararira, dientudos, mojarras y chanchitas.
Ver galería de imágenes

La provincia de San Luis dispone de diques y embalses para disfrutar de la pesca deportiva. Se trata de ambientes que tienen, desde el 1 de enero, luz verde y los aficionados ya pueden recorrerlos en búsqueda de las diferentes especies que habitan esas aguas. Para la práctica piscatoria, y tal como señala la secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable provincial, se debe obtener el carnet habilitante. Todos los interesados en solicitar la licencia deben ingresar a la página oficial y seguir el instructivo.

El calendario, que rige hasta fin de año, señala que en todos los casos se admite el uso de una sola caña por pescador. En la resolución N° 201 DB-SAYDS-2025 se detallan todas las condiciones necesarias para realizar la actividad y establecen como especies de valor deportivo susceptibles de pesca al pejerrey, carpas, trucha arco iris, tararira, dientudos, mojarras y chanchitas. En lo que refiere a las embarcaciones, éstas deberán ajustarse a las normas vigentes de la provincia y a las diferentes resoluciones de San Luis Agua. Asimismo, está prohibida la pesca en la modalidad embarcada en horario nocturno (desde las 20:00 a 07:30) en todos los embalses y lagunas.

0509_sanluis

Consideraciones generales por especies

  • Pejerrey

En caso de utilizar señuelos artificiales no podrá tener más de un anzuelo y deberá ser sin rebaba. En la modalidad FlyCast, se permite mosca sin rebaba. El período de veda del pejerrey será determinado por la autoridad de aplicación, en función a estudios realizados sobre la época de reproducción y el estado de maduración.

En los siguientes ambientes se establecen los cupos máximos, que se señalan a continuación en modalidad de costa, murallón o embarcado:

  • Dique Antonio Esteban Agüero: hasta 25 piezas.
  • Dique San Pedro (La Toma): hasta 25 piezas.
  • Dique Vulpiani: hasta 20 piezas.
  • Dique Las Palmeras: hasta 20 piezas.
  • Dique Paso de las Carretas: hasta 35 piezas.
  • Embalse La Huertita: hasta 30 piezas.
  • Embalse La Florida: hasta 35 piezas.
  • Embalse San Felipe: hasta 35 piezas.
  • Dique Cruz de Piedra: hasta 35 piezas.
  • Dique Potrero de los Funes: hasta 25 piezas.
  • Dique Saladillo: hasta 20 piezas.
  • Dique La Estrechura: hasta 10 piezas.
  • Dique Nogolí: hasta 20 piezas.

2604_pejerrey

Carpas (Cyprinuscarpio sp., Ctenopharyngodon idella)

Se permitirá una caña por pescador con aparejo de un máximo de dos anzuelos en la modalidad FlyCast y Carpfishing. La pesca de esta especie se habilita durante todo el año, en todos los ambientes de la provincia, sin límite de talla, sin límite por pescador y por salida de pesca.

Trucha Arco Iris (Oncorhynchus mykiss)

Se habilita su pesca desde el 1° de enero de 2025 al 31 de mayo de 2025 y desde el 1°de octubre de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
Se permite en las modalidades Spinning (cucharita o señuelo de una sola punta sin rebaba) FlyCast (Mosca sin rebaba), quedando prohibida la pesca de trucha con carnada. Se sectoriza la pesca de esta especie para todos los ríos y arroyos de la provincia y se habilita la pesca con devolución obligatoria. En diques se permite la captura de un ejemplar con una talla de hasta 35 centímetros, salvo en los diques Berta Vidal de Battini y La Estrechura, donde no se podrá sacrificar ninguna pieza. Las desembocaduras de entrada de agua a los diques actuarán como áreas protegidas de desove, quedando vedadas permanentemente. En los ambientes no detallados precedentemente, se permite la pesca con devolución obligatoria de todos los ejemplares capturados.

Tararira (Hoplias sp.)

Se habilita su pesca desde el 1° de enero de 2025 al 1° de septiembre de 2025 y del 15 de diciembre de 2025 al 31 de diciembre de 2025. Sólo se podrá practicar con modalidad FlyCast o pesca con mosca y/o con señuelos artificiales, quedando prohibida la pesca con carnada (viva o muerta), con modalidad devolución obligatoria. Se podrá pescar tarariras en todos los ambientes, con un cupo de extracción de un ejemplar por pescador por salida de pesca, menor a 30 centímetros salvo en el periodo de veda en el que será obligatorio devolver todos los ejemplares. Se encuentra permanentemente vedada la pesca de todas las especies ícticas en el Embalse Piscu Yaco, Berta Vidal de Battini, Luján y Boca del Rio.

Galería de imágenes

En esta Nota

Jorge Virgilio

Jorge Virgilio

Comentarios

También te puede interesar

Más en
Mirá todos los autores de Weekend