El 6 de enero el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió un comunicado en donde un total aproximado de 70 posiciones arancelarias, denominadas bienes suntuarios, se verán afectadas al acceso de divisas en el mercado oficial. Es nueva medida identifica las posiciones del Nomenclador Común del Mercosur alcanzadas, que involucran un monto global mensual de 300 millones de dólares en el caso de bienes finales y de 25 millones de dólares en bienes suntuarios (de lujo).
Según el comunicado, los importadores recién podrán acceder al mercado oficial a partir de los 90 días desde el despacho a plaza para los productos finales no suntuarios y a partir de 365 días para los bienes identificados como suntuarios. La medida será de aplicación para todos los bienes que hayan sido embarcados en origen a partir del 7 de enero de 2021.
Esta disposición alcanza a productos suntuarios como automóviles de lujo y motos de alta gama; jets privados con valor superior al millón de dólares; embarcaciones de uso recreativo (auxiliares, lanchas, yates y motos de agua); bebidas como champagne, whisky, licores y demás espirituosas con un precio superior a 50 dólares el litro; caviar; perlas, diamantes y otras piedras preciosas, entre otros productos. La consigna establecida por la nueva medida establece que este tipo de bienes “de alta gama” no van a poder acceder al contado con liquidación para pagar. Tienen que esperar un año o pagar con financiamiento del exterior, el cual pueden repagar al año.
Por ejemplo: si se importa una embarcación, un auto o moto de alta gama, el acceso al mercado oficial podrá ser recién al año para pagar, con lo cual se deberá buscar un financiamiento en dólares en el exterior. Lo mismo sucede para una lista muy selectiva de productos de bienes no considerados suntuarios, pero sí de lujo, en donde ese tiempo se reduce a 90 días el tiempo para poder acceder al mercado oficial. En estos casos se importa y desde que sale de Aduana tienen 90 días de espera para acceder al mercado oficial y comprar los dólares.
Por otro lado, el Banco Central decidió también ayer flexibilizar las normas con el fin de favorecer el canje o la financiación de pasivos del sector privado con el exterior. La autoridad monetaria señaló que admitirá que los fondos originados en el cobro de exportaciones de bienes y servicios del deudor sean acumulados en cuentas del exterior y/o el país destinadas a garantizar la cancelación de los vencimientos de la deuda concertada a partir de enero de 2021, a los fines de la financiación de pasivos y otros endeudamientos, y bajo las otras condiciones establecidas por la normativa.
También El BCRA creó el Registro de Información Cambiaria de Exportadores e Importadores de Bienes, con el objetivo de, generar una comunicación directa que simplifique el cumplimiento de la normativa cambiaria. Las empresas se inscribirán en el Registro a través de la página web de la AFIP y detallarán las operaciones de compra y liquidación de divisas. En esta primera instancia, será obligatoria la inscripción para las principales empresas que operan en comercio exterior, tanto las que importan como las que exportan.
En estos días veremos cómo impacta la medida en los bienes destinados a las actividades recreativas y de aire libre, en donde una gran mayoría son considerados bienes de lujo o suntuarios, como por ejemplos las embarcaciones deportivas, sobre todo motos de agua y también vehículos de calle como las motos para travesías todo terreno de alta cilindrada.
Comunicado Oficial del BCRA
Los importadores de bienes suntuarios y finales deberán obtener financiación.
- El Directorio del Banco Central de la República Argentina dispuso que los importadores de bienes suntuarios y de un conjunto específico de bienes finales deberán obtener financiamiento antes de acceder al mercado oficial para cancelar los pagos.
- La medida identifica las posiciones del Nomenclador Común del Mercosur alcanzadas, que involucran un monto global mensual de 300 millones de dólares en el caso de bienes finales y de 25 millones de dólares en bienes suntuarios.
- Los importadores recién podrán acceder al mercado oficial a partir de los 90 días desde el despacho a plaza para los productos finales y a partir de 365 días para los bienes identificados como suntuarios.
- La medida será de aplicación para todos los bienes que hayan sido embarcados en origen a partir del 7 de enero de 2021.
- La medida alcanza a productos suntuarios como automóviles y motos de alta gama; jets privados con valor superior al millón de dólares; embarcaciones de uso recreativo; bebidas como champagne, whisky, licores y demás espirituosas con un precio superior a 50 dólares el litro; caviar; perlas, diamantes y otras piedras preciosas, entre otros productos.
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