Sunday 28 de April de 2024
PESCA | 03-01-2024 18:30

Para pescar en las playas de Río Negro se debe sacar permiso

Entró en vigencia la ley que obliga al pescador a contar con una licencia de pesca. Es una exigencia similar a otras provincias, pero que nunca se había puesto en práctica en las costas de ese territorio. Voces en contra de aficionados.
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Se trata de la puesta en vigencia de la Ley 5.706 que impone exigencias que nunca se habían dado en las costas de Río Negro, aunque si, en aguas interiores, donde esta regulada la pesca en ríos y lagos, siendo parte la provincia del Reglamento Continental Patagónico. El objetivo de esta norma que entra en vigencia este año, es regular la práctica deportiva bajo jurisdicción provincial, entendiendo esta acción como no comercial y que explota los recursos marinos autorizados para la pesca con fines recreativos y de ocio, prohibiendo la venta o transacción de las capturas obtenidas, siendo la autoridad de aplicación de la presente ley, la Subsecretaría de Pesca, dependiente del Ministerio de Producción y Agroindustria provincial.

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En las costas de la provincia de Río Negro se obtienen abundantes pejerreyes, principalmente escardones o cornos, pez gallo, lenguados, sargos, chuchos y róbalos entre otras calificadas especies, pero también, está la captura de los tiburones, tanto bacotas, gatopardos, escalandrunes como cazones, que no tenían regulación, pero con la aplicación de esta ley, tienen una protección diferenciada y la prohibición de la captura con sacrificio, estableciéndose la devolución obligatoria de las especies mencionadas.

La ley señala que para la pesca deportiva marítima desde tierra y embarcación se permitirá la utilización de la caña y el reel, así como los accesorios que son imprescindibles para la captura, correcta manipulación y sujeción de las piezas, incluyendo el izado de a bordo. En el caso de la pesca embarcada deportiva de tiburones, las líneas de los aparejos autorizadas deben ser armadas con un solo anzuelo, quedando prohibido el uso de anzuelos en tándem y aquellos de hierro galvanizado tipo tartuna. Es obligatorio el uso de anzuelos tipo jota (“J”) con la barba limada o apretada.  Alternativamente se puede utilizar anzuelos circulares, de cualquier tipo. La ley también tiene incidencia en los concursos orientados, en esta zona, particularmente al pejerrey, especies que abundan en estas playas.

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Entre otros detalles salientes de la normativa, la misma señala que las infracciones cometidas son sancionadas con distinto grado. Desde la suspensión de hasta 90 días de actividades, multa de uno hasta diez mil veces el valor de la licencia según la modalidad a la que corresponda, inhabilitación especial de uno a cinco años, revocación del permiso y/o decomiso de los efectos involucrados.

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La resolución que aún no se reglamentó y no se señaló costos para los aficionados que quieran realizar la actividad, generó comentarios y reclamos de pescadores locales como de prestadores de servicios turísticos, quienes señalan que lo único que se logra con esta medida es evitar que los residentes y turistas que visitan las playas pasen un día de ocio tirando la caña. Según pescadores de la provincia, “no tiene ningún sentido ni científico, ni legal el regular la pesca deportiva, los concursos, ni ninguna otra actividad vinculada a la pesca ya sea recreativa, deportiva o de subsistencia”, señalando que “está ley debería ser modificada y establecer específicamente que es sólo para las especies de tiburón que se encuentran en peligro o amenazada”.

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