Monday 29 de April de 2024
NAUTICA | 01-06-2020 12:46

Vuelve la actividad náutica industrial y de mantenimiento

Este 1 de junio se publicó en el Boletín Oficial la DECAD 920/2020, por la cual se habilita la actividad de los astilleros, marinas y guarderías de Tigre y San Isidro.
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En el Boletín Oficial del primero de junio se publicó la DECAD 920/2020, por la cual se habilita la actividad de los astilleros, marinas y guarderías de Tigre y San Isidro. La vuelta a la actividad debe ser en riguroso cumplimiento de los protocolos sanitarios dispuestos por cada municipio. Por ejemplo, desde la Secretaría de Industria de Tigre nos informaron que la apertura puede producirse inmediatamente desde la publicación en el Boletín Oficial, pero que es indispensable que cada unidad productiva cuente con un protocolo implementado y a la vista. Dicho protocolo surge de adaptar a la realidad de cada empresa las recomendaciones del Ministerio de Salud y el protocolo publicado por la provincia de Buenos Aires, que determinan los requisitos mínimos para operar y que pueden ser ampliados para extremar las medidas de cuidado. Las empresas serán inspeccionadas diariamente por el municipio.

Por otra parte, se publicó en el Boletín Oficial la DECAD 942/2020 por la que se habilita en el partido de San Fernando la industria naval liviana y la actividad de mantenimiento esencial de embarcaciones en clubes y guarderías náuticas.

Según el municipio de San Fernando, las medidas de conocimiento general que deberán observarse son las siguientes:

  • Empleados dentro de los grupos de riesgo quedan exceptuados de presentarse.
  • Se deberá asegurar que en el traslado del personal desde y hacia el puesto de trabajo no se utilice el transporte público.
  • Cada establecimiento debe contar con un protocolo de medidas de higiene y sanitario que deberá tener implementado y a la vista al momento de la apertura. Mínimamente debe responder a lo elevado por CACEL a la municipalidad.

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Ejemplo de protocolo Sanitario para el sector (CACEL):

  • Establecimiento de turnos de trabajo (de ser necesario) para asegurar que no más del 50 % de los operarios se presenten simultáneamente.
  • Excepción de asistencia para el personal que se encuentre dentro de los grupos de riesgo.
  • Corroboración de que el personal citado a prestar servicio puede, y se compromete, a asistir por medios propios dada la cercanía al trabajo.
  • Provisión a cargo de las empresas de traslados a los trabajadores en los casos que se requiera para evitar el uso del transporte público.
  • Medición de temperatura de los trabajadores/proveedores a su ingreso por medios no invasivos.
  • Limpieza de la suela del calzado y de manos al ingresar a los establecimientos con una solución desinfectante.
  • Utilización obligatoria de tapabocas y provisión de alcohol en gel.
  • Distanciamiento mayor a 2 metros de los puestos de trabajo entre sí.
  • Densidad de ocupación de las plantas/negocios no superior a una persona cada 20 metros cuadrados.
  • Ventilación de ambientes con regularidad para permitir el recambio de aire.
  • Establecer la sectorización, forma de acceso y permanencia de las instalaciones sanitarias, comedores y otros lugares comunes, para que se respeten las distancias de seguridad y prevención.
  • Higienización del lugar de trabajo al finalizar cada turno con una solución desinfectante.

Capacitación y concientización del personal respecto a:

  • No generar contacto físico con otras personas (saludos, abrazos, besos, reuniones grupales).
  • Al toser o estornudar cubrirse la boca con el pliegue del codo o con un pañuelo desechable.
  • Evitar compartir utensilios personales, tazas, vasos, mate, etc.
  • Importancia del uso de los elementos de protección.
  • Importancia del lavado frecuente de manos y desinfección de la zona de trabajo.
  • Uso de materiales de protección provistos.

El Ministerio de Salud ha publicado una serie de recomendaciones para el desarrollo de protocolos en el marco de la pandemia, la cual se puede consultar vía online.

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Detalle de información de cada municipio

San isidro: para empezar a operar las empresas deberán presentar la siguiente documentación.

  1. Nota de presentación (referirse a la DECAD 920/20).
  2. Anexo con datos de la empresa.
  3. Nómina de empleados (sólo menores de 60 años y que no pertenezcan a grupos de riesgo).
  4. Protocolo sanitario y de funcionamiento del establecimiento firmado por un profesional responsable.

Esta documentación debe descargarse, completarse y enviarse de acuerdo a lo establecido en la web del gobierno de San Isidro. Una vez efectuada la presentación, la Municipalidad les extenderá una constancia o certificado de habilitación para operar.

Tigre: para empezar a operar las empresas deberán presentar en el Municipio dos declaraciones juradas y una nota informativa.

1. Declaración jurada manifestando que el personal no hará uso del transporte público en sus traslados.

2. Declaración jurada manifestando que adhieren al protocolo que establece el Municipio para la actividad.

3. Nota informando el nombre del responsable de seguridad e higiene de la empresa.

Esta documentación deberá presentarse en mesa de entrada y después aguardar la confirmación de habilitación por parte de las autoridades.

Estas disposiciones fueron adelantadas a CACEL por el secretario de Gobierno Mario Zamora, quien aclaró que estas resoluciones están en proceso de redacción y firma, por lo cual pueden sufrir aún algunas variaciones. Nos confirmará el día lunes próximo los detalles del procedimiento.

San Fernando: el intendente Juan Andreotti se comunicó hoy con el Jefe de Gabinete, quien informó que el pedido de reactivación del sector naval ya había sido elevado a Nación, razón por la que podíamos transmitir a los astilleros que a partir del lunes próximo estarían habilitados a iniciar sus actividades en el municipio.

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Martín D'Elía

Martín D'Elía

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