Friday 26 de April de 2024
CAZA | 03-03-2020 10:50

Tiempo de brama para varias provincias

La Pampa, Córdoba y Entre Ríos ya publicaron fechas y cupos reglamentarios para desarrollar la actividad. También hay novedades de Chubut y Río Negro.
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La finalización de la temporada estival trae aparejada dos buenas noticias: la llegada del pejerrey para los pescadores y de la brama, para los cazadores. Si bien la mayoría de las provincias aún no había publicado su reglamento de caza mayor al cierre de esta edición, sí lo había hecho La Pampa, ícono de la actividad por antonomasia, a la que se sumaron Córdoba, Entre Ríos. A continuación, fechas y cupos.

La Pampa

La caza deportiva en esta provincia se encuentra regulada por el artículo 13 de la Ley Nº 1194 que la considera un arte lícito y recreativo. Cuando se realice en campos registrados categoría I y II, excepto que se tratase de jabalíes, requerirá de la legalización de las piezas obtenidas a través de la colocación de un precinto y de la confección de una planilla de declaración. Una vez logrado el trofeo, el cazador tendrá 72 horas para concurrir a la dependencia policial correspondiente con la cabeza del animal en estado fresco con careta (cuero adherido al cráneo) y munido del permiso de caza correspondiente y de la autorización del dueño/ocupante legal del predio.

En cuanto a los cupos y fechas, las autoridades provinciales establecieron lo siguiente: jabalí (Sus scrofa) macho y hembra, del 1/3 al 30/9 sin límite de piezas, con o sin jauría; ciervo colorado (Cervus elaphus), 12 puntas o más, del 1/3 al 1/6 ; ciervo colorado de 11 puntas o menos, del 1/3 al 30/9; ciervo colorado hembra, del 1/3 al 30/9 (en los tres casos, el cupo de ciervos se otorga por campo, y por cada trofeo declarado se podrá declarar hasta dos selectivos y /o cuatro hembras); antílope (Antílope cervicapra) macho y hembra, del 1/3 al 30/9 sin límite de piezas. En el caso de campos categoría II se podrán cazar carneros (Ovis aries), cabras (Capra hircus) y búfalos (Bubalus bubalis) del 1/3 al 30/9, sin límite de piezas.

En todos los casos la obtención del permiso de caza es obligatorio y para acceder a él se deberá presentar: Documento Nacional de Identidad, certificado de libre de deuda emitido por la Dirección de Recursos Naturales (que acredite que no existen multas pendientes de cumplimento por infracciones a la Ley Nº 1.194) y comprobante de pago de la tasa vigente. Si se caza con jauría, esta no puede tener más de ocho perros, cada uno con su libreta sanitaria aprobada por el Colegio Médico Veterinario de La Pampa y en la que figuren los datos del can, foto, número de identificación electrónica, los datos del tenedor responsable y de vacunación antirrábica vigente. Además, autorización del dueño del campo para caza con jauría debidamente completa en el formulario correspondiente. La permanencia de los canes en los caminos públicos o en un predio diferente al autorizado implicará infracción a la Ley Nº 1194. Para el traslado de canes, el vehículo deberá poseer caja cerrada en los laterales y techo o jaulas especiales para tal fin y solo se podrán llevar hasta ocho. No se permite el traslado en baúles, habitáculos ni sueltos en la caja del vehículo.

En el caso de la caza en cotos habilitados, los cupos dependen del plan de manejo de cada establecimiento, pero las fechas van del 1/3 al 30/9 en todos los casos para: jabalí; ciervos colorado, axis y dama; antílope, muflón, búfalo, cabra salvaje y carneros (cuatro cuernos, de Somalía, cara negra). La reglamentación estipula que la autorización podrá extenderse hasta el 30 de noviembre para aquellos cotos habilitados que así lo soliciten.

El artículo 10º establece que en el caso que un ejemplar se haya dado a la fuga herido, deberá realizarse una exposición policial o comunicado ante la Dirección de Recursos Naturales detallando lugar, día, cazador y descripción del ejemplar. Si con posterioridad ese animal es hallado, la autoridad de aplicación podrá determinar su legalización dentro del año en curso para lo que, previamente, se deberá presentar foto del ejemplar en el estado en que se encuentra y copia de la exposición respectiva.

Por último, para transitar con los productos de la caza deportiva mayor dentro de la provincia se exigirá el permiso de caza y la autorización del ocupante legal del predio donde se haya practicado la cacería. Fuera de los límites provinciales, un trofeo y/o producto derivado de la caza deportiva, deberá viajar con la correspondiente Guía Única de Tránsito, una por cazador.

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Entre Ríos

En esta provincia la temporada de caza mayor no tiene límites temporales, y puede desarrollarse a lo largo de todo el año en los establecimientos habilitados, siempre cumpliendo las exigencias de la reglamentación vigente (Ley de Caza Nª 4841 y Decreto Reglamentario Nº 4139/70). El abanico de especies autorizadas se compone por ciervo axis, búfalo de agua, jabalí europeo y antílope negro, y las técnicas de caza varían de acuerdo a la presa seleccionada. Así, los ciervos y búfalos se localizan al rececho (caminando por el monte o zonas húmedas), los antílopes se ubican más fácilmente en los llanos y los jabalíes se cazan al acecho nocturno, en apostaderos.

Córdoba

De lunes a lunes con luz diurna, o en horario nocturno con iluminación artificial portátil (pero no cazando desde vehículos), según la resolución 157/2019, está permitida la captura de jabalí europeo y chancho cimarrón (Sus scrofa) hasta el 14 de junio de 2020 inclusive. Para el ejercicio de la actividad el cazador deberá contar con la licencia de caza anual o permiso diario, además de autorización escrita del propietario, administrador o poseedor del campo donde se desarrolle la actividad.

Chubut

Del año 2019 continúa vigente la reglamentación que establece que hasta el 1 de abril de 2020 está habilitada la caza mayor de jabalí (Sus scrofa) y visón (Mustela visón) sin límite de piezas.

Río Negro

En el marco de la generación de la nueva normativa de caza deportiva, durante febrero se reunieron distintas entidades del rubro con el fin de acordar pautas. Entre las modificaciones contemplaron el establecimiento de un número máximo de licencias emitidas por campo y, en el caso de que se supere ese número, los interesados deberán inscribirse ante la Dirección de Fauna como cotos de caza. Por otra parte, un análisis llevado a cabo por personal técnico de Fauna Silvestre detectó la existencia de cotos no declarados, tras lo cual se anticipó este año habrá a un mayor proceso de fiscalización.

 

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Marcelo Ferro

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