Thursday 28 de March de 2024
TURISMO | 11-06-2020 12:34

Hacia el plástico cero en los Parques Nacionales

Entró en vigencia una resolución tendiente a desestimar el uso de derivados del petróleo no reciclables o compostable en todas las áreas protegidas de nuestro territorio. Entrará en vigencia a partir de que reabran al público e incluye un período de gracia de seis meses para que los concesionarios adapten sus envases y demás implementos descartables.
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Por decisión del Ministerio de Ambiente y de Parques Nacionales, se reducirán los plásticos de un solo uso en todas las áreas protegidas previniendo así el impacto en el entorno y ponen en peligro la biodiversidad. El reglamento fue aprobado por el directorio de la Administración de Parques Nacionales (APN) y está destinado a la reducción progresiva y la prohibición específica de los plásticos de un solo uso, en línea con distintos esfuerzos internacionales que tienden a la eliminación de la presencia de estos componentes en los ecosistemas. 
La medida quedó oficializada con la Resolución 19/2020 de la APN, ya publicada en el Boletín Oficial. Esto involucra la entrega al consumidor final, la distribución y comercialización, y el ofrecimiento a la vista de los productos plásticos de un solo uso en todas las áreas protegidas. La decisión alcanza a botellas de bebidas, vajilla y utensilios de plásticos descartables como varillas de soporte de globos y helados; hisopos realizados con plástico no compostable; bolsas plásticas no reutilizables o compostables; envoltorios y productos cosméticos y de higiene oral con microperlas o microesferas de plástico, todo productos destinados a ser desechados tras su primer uso, por lo que no son reutilizables y su reciclabilidad es baja por cuestiones técnicas y económicas. El reglamento contempla, de todas maneras, que no estarán alcanzados por la restricción los productos que por cuestiones específicas no pudieran ser reemplazados por materiales alternativos. 

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De este modo prestadores, permisionarios y concesionarios de las áreas protegidas nacionales deberán implementar el reglamento. Todas las habilitaciones para el desarrollo de servicios turísticos en jurisdicción de la APN incluirán este aspecto, salvo excepciones puntuales debidamente justificadas, las que serán consideradas por el organismo. La norma establece un plazo de seis meses para que las concesiones vigentes y permisos habilitados readapten sus procesos y dispongan el cese definitivo de la utilización de plásticos de un solo uso o su reemplazo por productos reutilizables o realizados con materiales compostables. Dado el cierre vigente al público por la pandemia de Covid-19, el plazo comenzará a regir al día siguiente de la reapertura.
Según la Dirección Ejecutiva del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), “los envases plásticos representan casi la mitad de todos los residuos de este material a nivel mundial, y muchos de ellos son desechados después de haber sido utilizado tan sólo unos pocos minutos”. En este sentido, dada la responsabilidad y obligación del Ministerio de Ambiente nacional y de la APN en la protección y regulación de las áreas protegidas de su jurisdicción y administración, resulta necesario tomar acciones concretas que tiendan al arbitrio en el uso de estos elementos. 

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