Al igual que lo que ya sucede con la Ley provincial Nª14.107 y la ordenanza comunal N°9548 vigentes en la ciudad de La Plata que ordenan el registro de los perros de razas potencialmente peligrosas, ahora la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) acaba de homologar una ordenanza al respecto.
De esta manera, de acuerdo a lo que establece la Ley N° 4.078 sancionada el pasado 11 de junio, el propietario de un perro que, por su raza o características sea considerado “perro potencialmente peligroso”, debe inscribirse en el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos de la CABA.
Según la resolución de la Agencia de Protección Ambiental porteña, se consideran “perros potencialmente peligrosos a los pertenecientes a las razas pit bull terrier, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, dogo argentino, fila brasileño, tosa inu, akita inu, doberman, rottweiller, bullmastiff, dogo de burdeos, bull terrier, gran perro japonés, mastin napolitano, presa canario, ovejero alemán, cane corso y aquellos adiestrados para el ataque”.
Atención: los perros detestan que los abracen
“Asimismo, a aquellos perros que fueron resultado de cruces entre las razas mencionadas o con otras razas obteniendo una tipología similar, a saber: más de 20 kilogramos de peso, perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte musculatura, mandíbula grande y boca profunda y resistencia y carácter marcado”, reza la disposición.
Los perros también pueden sufrir alergia
Además, entre sus principales artículos la flamante ley establece que “el propietario de un perro potencialmente peligroso debe notificar al Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos, a través de la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) cualquier incidente ocurrido con el animal en el que haya resultado herida una persona u otro animal. Así como también el robo, cesión, pérdida o muerte del animal dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su producción”
Cómo inscribirse en el Registro de PPP
La inscripción en el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos se debe tramitar, vía web, mediante el Sistema Tramitación a Distancia (TAD), gestionado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
El propietario del animal debe indicar sus datos personales: nombre completo, DNI, domicilio, correo electrónico, como así también los siguientes datos de su mascota: fecha de nacimiento, raza y el domicilio en el cual se encuentre habitualmente.
A estos requisitos debe sumarle una foto del animal, el número de su microchip, el certificado de vacunación antirrábica vigente; la copia de póliza que acredite contar con el correspondiente seguro de responsabilidad civil exigido en el artículo 9° de la Ley N° 4.078.
Otorgamiento y renovación del permiso de tenencia de PPP
Una vez cumplidos todos los requisitos establecidos, se hará entrega de un Permiso de Tenencia de Perro Potencialmente Peligroso y se asignará un número de registro del animal.
Dicho permiso tendrá una vigencia anual, y dentro de los tres meses de otorgado, el propietario del perro potencialmente peligroso debe realizar un curso virtual a través del sistema TAD sobre tenencia responsable dictado por la Unidad de Coordinación Sanidad y Tenencia Responsable de Mascotas.
Por último, a los efectos de la renovación del permiso, la flamante ley porteña establece que “el propietario debe acreditar a través del sistema TAD el cumplimiento de los requisitos establecidos en los incisos d) y e) del punto 2, y el certificado de participación de un curso virtual de capacitación sobre Tenencia Responsable dictado y otorgado por la Unidad de Coordinación Sanidad y Tenencia Responsable de Mascotas, ante el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos”.
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