La normativa vigente establece que queda totalmente prohibido el transporte de carnada viva de un ambiente acuático a otro. Foto: Jorge Virgilio

El objetivo es que el nuevo reglamento refleje múltiples perspectivas, conjugando la preservación ambiental, el desarrollo económico y el disfrute recreativo. Foto: Jorge Virgilio

La normativa vigente establece que queda totalmente prohibido el transporte de carnada viva de un ambiente acuático a otro. Foto: Jorge Virgilio

ACTUALIZACIÓN

Ya rige el reglamento de pesca 2024-2025 en Salta

Con aumento en las licencias y ajustes en las disposiciones, la normativa regula la actividad en ríos y embalses de la provincia norteña.

Por Jorge Virgilio

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable aprobó el nuevo reglamento de pesca deportiva para la temporada 2024-2025, vigente desde su publicación, el martes 30 de julio, en el Boletín Oficial de la Provincia. La resolución 504/24 detalla los lugares y fechas habilitadas, las especies permitidas, sus tamaños y cantidades, así como los elementos autorizados para utilizar en cada río o embalse de Salta. El objetivo es preservar el equilibrio de los ecosistemas acuáticos y asegurar la reproducción de las especies ictícolas. Es importante destacar que en todo el territorio provincial la pesca de dorado es con devolución obligatoria. 

Desde el Programa de Biodiversidad se destaca que para practicar la pesca deportiva es necesario contar con un permiso único e intransferible. La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, la Policía Rural y Ambiental, y la División Lacustre llevarán a cabo controles permanentes para garantizar el cumplimiento de la normativa. La licencia anual libre tiene un costo de $ 10.000, en tanto, los federados abonan $ 5.000. En el caso de los no residentes, el valor que abonarán los pescadores es de $ 15.000. 

Para más información sobre la resolución 504/24, se debe consultar el Boletín Oficial en (páginas 32 a 36), y se pueden obtener todos los detalles sobre el reglamento de pesca

Ámbitos destacados

  • Embalse Cabra Corral: Se establece en este embalse un período de veda para la pesca deportiva a partir del 1 de agosto de 2024 hasta el 30 de noviembre de 2024 inclusive, en las siguientes zonas del embalse: Zona sur: desde la península “El Zapallar” y su costa opuesta, hasta el final de la zona de agua embalsada de acuerdo a la cota alcanzada hasta el momento de la veda. Zona norte: desde la “isla” frente al Club Los Mayuatos y su costa opuesta en el cerro La Cruz, hasta el final de la zona de agua embalsada de acuerdo a la cota alcanzada hasta el momento de la veda.

  • Embalse Campo Alegre:  Para este ambiente rige un período de veda durante los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2024.
  • Embalse Las Lomitas: Rige un período de veda durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2024.
  • Embalse El Tunal: Se establece una veda desde el 2 de diciembre de 2024 hasta el 16 de marzo de 2025 inclusive. 
  • Río Pescado y sus afluentes: El período de veda se establece desde el 1 de febrero de 2024 hasta el 22 de septiembre de 2024 inclusive.
  • Río Pilcomayo y sus afluentes: El período de veda se establece desde el 1 de febrero de 2024 hasta el 22 de septiembre de 2024 inclusive.
  • Río Arenales: Se establece la veda total en río Arenales para la práctica de la pesca deportiva de todas las especies ícticas.
  • Río Bermejo y sus afluentes: Se permite la pesca deportiva desde el 1 de febrero de 2024 hasta el 22 de septiembre de 2024 inclusive.
  • Río Juramento y sus afluentes: Se permite la actividad del 1 de marzo de 2024 al 1 de diciembre de 2024 inclusive. 

La resolución completa con el reglamento se puede leer en la web de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta.

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