Caza mayor, menor y pesca: La Pampa reabrió la temporada
En toda la provincia de La Pampa se rehabilitó la caza y la pesca, con licencia y siguiendo las medidas sanitarias previstas en los protocolos. Dónde obtener los permisos. Datos de contacto.
Por Weekend
La Dirección de Recursos Naturales de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios del Ministerio de la Producción de La Pampa informó que se reinició la temporada de caza y pesca deportiva en la provincia a partir del 12 de junio de 2020. Por medio del Decreto Provincial Nº 1247 y 1249 se incorporan las modalidades caza deportiva mayor, caza deportiva menor y caza deportiva con jauría. La actividad se podrá desarrollar de lunes a domingo, pero solo estará permitida para los residentes pampeanos, siguiendo los protocolos establecidos en dicha reglamentación.
La documentación que fue obtenida durante el transcurso del año se encuentra vigente. Y respecto de los permisos de pesca y caza deportiva a futuro, el trámite se podrá realizar en las instituciones habilitadas y en las delegaciones de la Dirección de Recursos Naturales de General Acha y General Pico, de 8 a 12, con la solicitud de turno previo. Para inscripción de campos y otros trámites se deberá solicitar turno de lunes a viernes de 8 a 12, por los siguientes medios: Oficina Dirección de Recursos Naturales, Santa Rosa, Tel.: (02954) 452777 / 455384 / 452600, int: 4030 a 4032. Teléfono de guardia: (02954) 15292778. También se podrá escribir a los correos electrónicos: faunarecursosnaturales@gmail.com / fauna@lapampa.gob.ar / cazaypesca@lapampa.gob.ar. Los interesados en contactarse con la Delegación de General Pico podrán hacerlo de 8 a 12 al Tel.: 02302-15212185. Mientras que el celular de la delegación de General Acha es 02954-15623859.
En cuanto a los cupos y fechas, las autoridades provinciales establecieron lo siguiente: jabalí (Sus scrofa) macho y hembra, del 1/3 al 30/9 sin límite de piezas, con o sin jauría; ciervo colorado (Cervus elaphus), 12 puntas o más, del 1/3 al 1/6 ; ciervo colorado de 11 puntas o menos, del 1/3 al 30/9; ciervo colorado hembra, del 1/3 al 30/9 (en los tres casos, el cupo de ciervos se otorga por campo, y por cada trofeo declarado se podrá declarar hasta dos selectivos y /o cuatro hembras); antílope (Antílope cervicapra) macho y hembra, del 1/3 al 30/9 sin límite de piezas. En el caso de campos categoría II se podrán cazar carneros (Ovis aries), cabras (Capra hircus) y búfalos (Bubalus bubalis) del 1/3 al 30/9, sin límite de piezas.
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