Por tiempo indeterminado rige la veda de pesca deportiva, comercial y de extracción de carnada en el río Paraguay
Se debe a la bajante extraordinaria que afecta al curso de agua y deja vulnerable la fauna íctica. La medida exceptúa la actividad denominada de subsistencia.
Por Jorge Virgilio
Con el objetivo de preservar la riqueza y biodiversidad del ecosistema acuático, el Gobierno de la provincia de Formosa implementó una veda total extraordinaria en el río Paraguay y sus afluentes. A través de la Subsecretaría de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental del Ministerio de Producción y Ambiente se emitió la Disposición N° 085/24, que establece la prohibición total de pesca deportiva, comercial y de extracción de carnada.
La decisión surge debido a la bajante extraordinaria que actualmente afecta al río Paraguay, que generaron condiciones adversas y dejan vulnerable a la fauna íctica. Sin embargo, esta medida exceptúa la pesca de subsistencia. Esta medida entró en vigencia a partir de las cero horas del 16 de septiembre de 2024 y se mantendrá hasta que el organismo disponga lo contrario. La normativa se fundamenta en los antecedentes y consideraciones vinculados al impacto ambiental.
De extendida a extraordinaria
Actualmente, el río Paraguay se encontraba bajo una veda extendida dictada por la Disposición 095/23, que limita la pesca a determinados días de la semana. Según esta normativa, la pesca deportiva estaba prohibida los martes y miércoles; la pesca comercial, los sábados y domingos; y la extracción de carnadas vivas, los domingos y lunes.
El ciclo reproductivo de los peces está influenciado por factores como el nivel hidrológico, el fotoperíodo y la temperatura del agua. La dinámica del río sigue un patrón anual en el que las crecientes y bajantes afectan significativamente a los peces. Durante las crecidas, la velocidad de la corriente aumenta, facilitando las migraciones, mientras que, en las bajantes, esta se ralentiza, atrapando peces en áreas costeras de baja corriente. Por este motivo, es necesario complementar la veda extendida con vedas extraordinarias durante los períodos de bajante o migración de cardúmenes. La medida busca salvaguardar el equilibrio ecológico y asegurar la conservación de las especies a largo plazo.
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