San Luis
Según la resolución 1 DB-SAyDS-2025, el director de Biodiversidad resolvió habilitar la práctica de la caza deportiva sólo en campos privados, acorde a las siguientes especies, cantidades y fecha.
- Jabalí: del 1 de enero al 31 de diciembre, sin límite de ejemplares con arma de fuego de caño mayor a 380 mm y calibre no inferior al 7 mm, con proyectil no inferior a 150 grains.
- Liebre europea: del 1 de enero al 31 de diciembre con armas de ánima lisa hasta calibre 12 incluido y con armas de ánima rayada calibre .22. Cupo: 5 ejemplares por excursión y permiso de caza.
- Vizcacha: del 1 de enero al 31 de agosto con el mismo tipo de armas y cupo que para la liebre europea.
- Ciervos colorado, axis y dama: del 1 de marzo al 1 de noviembre con las mismas armas utilizadas para la caza del jabalí y a razón de un ejemplar adulto de cada uno por excursión y permiso de caza.
Corrientes
Mediante el decreto 380/25, la provincia reglamentó la caza, traslado, faena y comercialización de la especie invasora ciervo axis, ciervo moteado o chital, y sus diferentes cruzas en estado salvaje sin límite de piezas y sin distinción de sexo.
Respecto del jabalí europeo y sus diferentes cruzas, en estado salvaje o asilvestrado, su caza puede realizarse de lunes a domingo durante todo el año y sin límite de horario. Asimismo, no hay cupo máximo para el abatimiento ni para el transporte de ejemplares, y no hay distinción entre machos y hembras. Las áreas comprendidas en parques provinciales, reservas naturales y parques nacionales están excluidas de las zonas de caza habilitadas para los particulares. Y la emisión de las autorizaciones de los propietarios de los campos donde se realizará la caza de control está a cargo de la Dirección de Recursos Naturales.
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