La Veda Extendida se implementa cuando la altura de río Paraguay es mayor a 1,00 metro registrando dicha marca por la escala durante 4 días continuos. Foto: Gobierno de Formosa

La provincia de Formosa implementa medidas adecuadas para la conservación de las especies, promoviendo la unificación de criterios de gestión y políticas ambientales con las demás jurisdicciones provinciales que aplican la veda extendida. Foto: Gobierno Formosa

BAJANTE PRONUNCIADA

Rige un nuevo sistema de veda pesquera en el norte del país

El franco descenso que evidencia el río Paraguay en los últimos días llevó a la implementación de una Veda Flexible en la provincia de Formosa. Tras estar en 2.20 metros al cierre del año, ahora su altura es de 95 cm.

Por Jorge Virgilio

El Gobierno de Formosa, a través del Ministerio de la Producción y Ambiente (MPyA), la Unidad Provincial Coordinadora del Agua (UPCA) y la Unidad Especial de Policía Ecológica (UEPE), han consensuado un nuevo sistema de veda comercial y deportiva en base a niveles hidrométricos del río, que rige desde el pasado viernes 10 de enero del 2025. A través de la Disposición 002/25, se estableció que el sistema de gestión de pesca en la jurisdicción provincial del Río Paraguay será diferente según la altura marcada en el hidrómetro del Muelle “El Mirador” (Ex puerto Formosa).

Dicha disposición hablaba que sería implementada una Veda Extendida cuando la altura de río Paraguay sea mayor a un metro, medición registrada por la escala durante 4 días continuos. En este caso, quedaba habilitada la pesca deportiva, comercial y extracción de carnada viva por cinco días de la semana. En cambio, cuando la altura esta, como ahora, entre los 50 cm y el metro durante 4 días continuos, se implementará una Veda Flexible. En este caso, se habilitan tres días de pesca deportiva y comercial y cinco días de extracción de carnadas vivas. Por último, será Veda Total cuando la altura del río sea menor a 0,49 metros registrada por escala durante 4 días continuos. En todos los casos, se exceptúa la actividad de subsistencia. 

En cuanto a los ríos Bermejo y Pilcomayo, como ambos presentan un comportamiento hidrológico diferente al Paraguay, la Disposición N°002.25 implementa la Veda extendida según el sistema de gestión establecido, hasta que la autoridad de aplicación disponga lo contrario. A su vez se recuerda que la pesca comercial en el río Bermejo se encuentra prohibida por Ley Provincial N°1.206/96. 

Esta decisión fue producto de reuniones entre la Subsecretaría de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental, la Dirección de Registro, Control y Fiscalización, la Policía Ecológica y la Unidad Provincial Coordinadora del Agua considerando la constante fluctuación de los niveles hidrométricos en los principales cursos de agua y su impacto en los recursos ícticos. Es por ello que la provincia de Formosa implementa medidas adecuadas para la conservación de las especies, promoviendo la unificación de criterios de gestión y políticas ambientales con las demás jurisdicciones provinciales que aplican la veda extendida.

 

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