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ARMAS | 05-09-2018 08:30

Nueva Bersa Thunder 22-4, ahora silenciosa

Un producto ya definitivamente impuesto, introduce una modificación para facilitar el uso de supresores de sonido, permitidos por la legislación de varios países, no la Argentina.
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Hace poco más de medio siglo se iniciaba la producción de una pistola que se constituyó en un hito de la industria armera local: la Bersa calibre .22 LR. Cariñosamente llamada “la Bersita” por los usuarios, desde aquel Modelo 60 a nuestros días, la fábrica anexó diversos modelos en una amplia gama de calibres, pero el espíritu de aquella perdura en la actual BersaThunder 22. En definitiva un arma precisa y confiable, ideal para iniciarse en el tiro y en el calibre más popular.

Acorde a la tendencia imperante en el mercado internacional, y teniendo en cuenta la aceptación que los productos de esta marca tienen en el extranjero, la empresa de Ramos Mejía acaba de introducir su nueva versión –la 22-4–, con el extremo del cañón roscado para poder utilizarla con supresores de sonido.

Si bien nuestra legislación (ver “El uso de...”) prohíbe su utilización, en muchos países se encuentra permitido y –es más– en algunos es casi obligatorio, buscando disminuir de esa forma los daños auditivos y la contaminación sonora.

Evolución

La pistola en sí es la versión final de la serie de armas de doble/simple acción que se iniciara en 1981 con el Modelo 223 DA de calibre .22 LR, de la cual derivara la Modelo 23 y, finalmente, la actual Thunder 22. Mantiene su seguro externo, que a la vez oficia de decocker para desmontar el arma y un seguro de cargador.

Un cañón con su extremo roscado –rosca 1/2x28, que es la universalmente adoptada para supresores de sonido–, marca la diferencia con los anteriores modelos. Una cubierta protege la rosca y es fácilmente extraíble en forma manual debido a su acertado diseño. Un o’ring de goma en el extremo permite un ajuste correcto tanto de la cubierta como del silenciador.

Sin duda, en breve veremos a otros modelos de esta histórica  marca nacional adoptar esta modalidad apuntando al mercado internacional, si bien se comercializarán en nuestro país. Tal vez en un futuro las autoridades competentes permitan el uso de supresores de sonido en los polígonos de tiro o para actividades cinegéticas. Esto último ya se encuentra autorizado en muchos países como una forma de no alterar a la fauna en general.

El uso de silenciadores

En nuestro país la tenencia de armas se rige por la Ley 20.429 y su Decreto Reglamentario 395/75. Este último en su Art. 4, inciso 3) titulado “Armas, Materiales y Dispositivos de Uso Prohibido”, estipula la prohibición del uso de armas de fuego con silenciadores.

En los EE.UU. su compra y tenencia es legal en 39 estados, de los cuales en 29 son autorizados para la caza. A partir de enero de 2018, Francia autorizó su uso para las actividades cinegéticas, al igual que con anterioridad lo había hecho Inglaterra.

Nota completa en Revista Weekend del mes Septiembre 2018 (edicion 552)

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Pablo Crespo

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