Friday 29 de March de 2024
TURISMO | 01-12-2016 19:19

Vacaciones: Uruguay libre de impuestos

Uruguay realizó el lanzamiento de la temporada turística en Argentina con foco en los beneficios impositivos para los visitantes.
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Por segundo año consecutivo, el Ministerio de Turismo realizó el lanzamiento oficial de la temporada turística en Buenos Aires, con especial énfasis en los beneficios fiscales para los turistas, que estarán vigentes hasta abril de 2017.

El lanzamiento de la temporada estival 2016-2017 tuvo lugar en la residencia del embajador uruguayo en Argentina, Dr. Héctor Lescano, al que asistieron autoridades argentinas y uruguayas, diplomáticos, figuras del quehacer político, cultural y empresarial de ambos países.

La ministra de Turismo, Liliam Kechichian, destacó la fidelidad del turista argentino, que representa el 60 % de los turistas que año a año visitan a Uruguay, lo que hasta octubre representó más de 1,6 millones de visitantes e indicó que las perspectivas para la próxima temporada son realmente alentadoras. “Entre otras cosas porque las condiciones son más favorables; existen posibilidades más convenientes para el turista argentino, y como se sabe Uruguay hace años que no exporta impuestos”.pdeleste-peninsula_enrique-perez

Beneficios para el turista hasta el 30 de abril de 2017:

a) Devolución del IVA sobre servicios turísticos prestados a personas físicas no residentes, siempre que sean abonados mediante tarjetas de débito o crédito emitidas en el exterior. La empresa emisora de la tarjeta deberá incluir en el estado de cuenta, el descuento que figure en el ticket emitido por el POS.

Los servicios comprendidos son: servicios gastronómicos, cuando sean prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones de té y similares, o por hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de campo y camping hostels, siempre que dichas prestaciones no integren el concepto de hospedaje. Servicios de catering para la realización de fiestas y eventos. Servicios para fiestas y eventos, no incluidos en el literal anterior. Arrendamientos de vehículos sin chofer.

b) Devolución del 10,5% del precio del arrendamiento de inmuebles con fines turísticos a arrendatarios que sean personas físicas no residentes, siempre que el arrendamiento se realice en Inmobiliarias registradas y el medio de pago utilizado, sea tarjeta de débito o crédito emitida en el exterior. Esta devolución operará hasta el 31 de marzo del 2016. La empresa emisora de la tarjeta deberá incluir en el estado de cuenta, el descuento que figure en el ticket emitido por el POS.

c) Régimen de Tax Free, para compras de productos incluidos en el régimen, realizadas en comercios adheridos al sistema, cumpliendo el trámite correspondiente en el momento de la compra y en tanto el egreso del país se produzca a través de alguno de los siguientes pasos de frontera: Aeropuerto Internacional de Carrasco, Aeropuerto de Laguna del Sauce, Puerto de Montevideo, Puerto de Colonia, Terminal de Arribos de Cruceros de Punta del Este, Puente Salto – Concordia, Puente Paysandú – Colón y Puente Fray Bentos – Puerto Unzué y Chuy. Al momento de dejar el país, deberá completarse el trámite correspondiente para el reintegro, en los puestos debidamente identificados.

d) IVA cero en Hoteles. Beneficio válido para extranjeros presentando documento.

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