Friday 19 de April de 2024
CAZA | 18-05-2022 12:36

Se abrió la temporada de caza en Buenos Aires

La Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales, emitió las disposiciones que habilitan el período cinegético 2022 tanto para lograr piezas menores como mayores. Especies y limitaciones para tener en cuenta.
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Dudas. Especulaciones. Trascendidos. Desde el inicio del año. ¿Comienza o no comienza la temporada? Todo alimentado por la falta de declaraciones de las autoridades. Parecía que la demora venia motivada por la necesidad de establecer protocolos anticovid para conducirse por los diferentes ámbitos autorizados.

Sin embargo, en ningún tramo de las disposiciones finalmente emitidas por la Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales (Ministerio de Desarrollo Agrario), número 2022-447 para la caza menor y 2022-437 para la mayor, se menciona nada sobre protocolos preventivos de salud a seguir.

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Sí se fijan los períodos autorizados para desplegar la actividad cinegética en territorio bonaerense: menor del 15 de mayo al 31 de julio, y mayor del 15 de mayo al 31 de diciembre. Las especies autorizadas para su obtención en los cotos permitidos por la Dirección de Flora y Fauna son el ciervo axis, antílope, jabalí, ciervo dama, ciervo colorado y cabra salvaje, sin límites de piezas, para la caza mayor. Para la caza menor se estableció, por día y por cazador, la posibilidad de obtener hasta 10 liebres, 6 perdices chicas y 10 torcazas.

Por su parte, se fijaron como zonas de veda todas aquellas expresamente solicitadas por los municipios mediante nota formal dirigida al Ministerio de Desarrollo Agrario: las Reservas Naturales de la provincia de Buenos Aires; el Delta del Río Paraná; los ejidos de las ciudades, pueblos, lugares urbanos y suburbanos, caminos públicos y todas aquellas áreas concurridas por público; y áreas declaradas en estado de emergencia y/o desastre agropecuario por inundación o sequía.

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En el caso de la caza menor se deberá tener un permiso escrito del propietario, ocupante o tenedor legítimo del campo en el que se lleve adelante la actividad, o bien sus encargado o responsables, como así también utilizar vehículos con sistema de identificación de acuerdo a la normativa que fijen al respecto las autoridades municipales.

Importante recordar que para la práctica de la caza deportiva, tanto mayor como menor, se debe contar con la licencia correspondiente (ver Weekend https://weekend.perfil.com/noticias/caza/en-buenos-aires-habilitan-tramite-de-licencias-por-internet.phtml) y utilizar exclusivamente armas de fuego cuya tenencia, transporte y portación estén debidamente autorizadas por la autoridad competente de conformidad con lo establecido en la Ley de Armas y Explosivos de la Nación.

 

 

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